COLÉGIATE

MÁLAGA Y LA HABILITACIÓN NACIONAL

En nuestra profesión, la colegiación es voluntaria; no obstante, nuestro trabajo lo desempeñamos en situación de “soledad” entendida en que no nos ocurre como en otras escalas, subescalas y categorías que suelen haber más de uno de cada corporación local, y así rara vez nos encontramos con puestos en vice-secretario, vice-interventor o vice-tesorero, de ahí que hayamos señalado esa situación de soledad en la que, por regla general, no hallamos. Por eso, en COSITAL Málaga estamos convencidos de que formar parte del Colegio representa una ventaja en todo momento, pero en especial convertirse en un lugar de encuentro donde hablamos el mismo lenguaje y compartimos problemas similares. El apoyo del Colegio puede resultar decisivo, como en otros tantos casos, en este, la unión hace la fuerza.

1. ¿Quién puede colegiarse?

El Colegio estará integrado por los funcionarios de la Administración Local con habilitación de carácter nacional, en sus distintas subescalas de Secretaría, Intervención-Tesorería y Secretaría-Intervención, que ejerzan sus funciones profesionales en la provincia de Málaga, así como los supuestos especiales de colegiados que estaban colegiados en Málaga y por circunstancias transitoria ocupan puesto fuera de la provincia.

2. TIPOS O CLASES DE COLEGIADOS

Según el artículo 9 del vigente Estatuto del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de la Administración Local con habilitación de carácter nacional de la provincia de Málaga son:

Miembros Ejercientes

Los funcionarios con habilitación de carácter nacional que se encuentren en situación de activos y ejerzan sus funciones profesionales en el ámbito territorial del Colegio de Málaga que ocupen puestos en algunas las Administraciones Locales de provincia. Se consideran asimilados aquellos habilitados que estén dados de alta en el Colegio de Málaga aunque ejerzan sus funciones fuera de la provincia.

Miembros NO Ejercientes

Serán colegiados no ejercientes aquellos funcionarios con habilitación de carácter nacional que no se encuentren en ninguno de los supuestos anteriores, o que habiendo pertenecido a dicha escala se encuentren en situación de jubilación y hayan solicitado su admisión como miembros no ejercientes. Admitidos por la Junta de Gobierno, tendrán los mismos derechos y obligaciones que los miembros ejercientes, con la excepción de que no podrán pertenecer a la Junta de Gobierno.

MIEMBROS DE HONOR

Podrán ser nombrados colegiados de honor, por la Asamblea General a propuesta de la Junta de Gobierno, aquellas personas físicas o jurídicas, Administraciones Públicas o Colegios y organizaciones legalmente constituidas que hayan contraído méritos profesionales o académicos respecto de la escala de funcionarios con habilitación nacional o en relación con la función pública en general, o hayan destacado por su especial labor en interés de la ciudadanía.

¿EN QUÉ TE PUEDE AYUDAR EL COLEGIO?

COSITAL Málaga está a disposición de todas las personas que están colegiadas para ayudarles a realizar su trabajo en las mejores condiciones para adaptarse a las nuevas circunstancias normativas y, sobre todo, para garantizar el correcto funcionamiento de las instituciones en la región aplicando de la manera más correcta la normativa.

Actualización

COSITAL Málaga ofrece material, formaciones y consejos que permiten a sus colegiados estar al día de las obligaciones y mejores prácticas de nuestra profesión.

Asistencia

COSITAL Málaga ayuda a sus colegiados en situaciones de acoso o necesidad de asesoría o mediación para desarrollar su trabajo satisfactoriamente

Recursos

COSITAL Málaga ofrece herramientas para realizar las tareas de nuestro oficio como bolsas de empleo, de tribunales o mentorización.

CUOTAS Y MODO DE PAGO

Según los artículos 51 del vigente Estatuto del Colegio de Secretarios, Interventores y Tesoreros de Administración Local con habilitación de carácter nacional de la provincia de Málaga:
Tipos de cuotas:

Cuotas ordinarias: Son cuotas ordinarias las que anualmente se aprueben para el sostenimiento ordinario del Colegio conjuntamente con el presupuesto anual.

Cuotas extraordinarias: Son cuotas extraordinarias las que, con motivo de gastos no corrientes, sean aprobadas conjuntamente en el presupuesto para hacer frente, exclusivamente, al gasto aprobado.

 

Las cuotas se pagan mediante recibo domiciliado

CUOTA

Son cuotas ordinarias las que anualmente se aprueben para el sostenimiento ordinario del Colegio conjuntamente con el presupuesto anual.
60 Trimestre
  • Asistencia y ayuda al colegiado
  • formaciones y documentación
  • Ayuda ante el acoso
  • Programa de mentorizado